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Los diputados avalaron la propuesta con 40 votos a favor de un total de 50. En el artículo se denomina como “Acoso Cibernético”.

Por mayoría de votos se aprobó en Veracruz castigar desde seis meses hasta dos años de prisión a quien publique fotomontajes o memes que puedan dañar la reputación o autoestima de una persona.

Legisladores de dicho estado aprobaron el cambio en la ley con 40 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones. Adicionaron el capítulo III Bis, con la denominación “Acoso Cibernético”, y en éste, el artículo 196 Bis, al Título VI del Libro Segundo del Código Penal para el Estado.

Ahora, el artículo 196 del código considera como “acoso cibernético” la difusión de información lasciva o dolosa de una persona para causarle afectación psicológica, familiar, laboral o en su entorno.