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LAREDO, TX.- Las personas que no cuenten con una identificación válida para votar, pueden acudir a la oficina del Departamento de Seguridad Pública Estatal (DPS) para solicitar una tarjeta de votante de Texas.

El documento puede obtenerse mediante un trámite sencillo en la oficina donde se expiden las licencias de conducir pero para calificar, las personas deben llevar un comprobante de su ciudadanía y de su domicilio, además de su tarjeta de votante.

Las personas interesadas en obtener este certificado electoral pueden acudir a la oficina ubicada en 1901 Bob Bullock Loop en horario de 8:00 de la mañana a las 5:00 de la tarde y el teléfono para solicitar información es el (956) 728-2301.

Este registro de votante expedido por el DPS es gratuito, tiene una validez de seis años aunque sin vigencia para personas mayores de 60 años, y solamente puede ser utilizado con fines electorales y no como identificación personal.

Oscar Villarreal, administrador de Elecciones en Webb, recordó que por ley las personas que se presentan a votar deben proporcionar una forma de identificación reconocida por las leyes electorales de Texas.

Entre los documentos válidos se encuentra la licencia de manejo expedida por el DPS, una tarjeta de identificación oficial del DPS, la licencia para la portación de armas de fuego en Texas o la cédula de identificación electoral también del DPS.

Otros documentos aceptados son la cédula de identidad militar de Estados Unidos con fotografía, un certificado de ciudadanía estadounidense con la foto de la persona y el pasaporte norteamericano.

Cabe mencionar que con excepción del certificado de ciudadanía de EU, las identificaciones deben estar vigentes y si no lo están, deben haberse vencido 60 días o menos en el momento de presentarla para calificar como votante en una casilla.

Votantes con una discapacidad pueden solicitar una exención permanente en la oficina del Administrador de Elecciones del condado y la solicitud debe tener adjunta documentación oficial de la Administración del Seguro Social confirmando la discapacidad o bien documentos del Departamento de Asuntos de Veteranos dando una evidencia de una discapacidad de cuando menos un 50 por ciento.